Policía Comunal nuevo modelo humanista para la protección del pueblo

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En la actualidad se encuentran 4.200 Policías Comunales distribuidos en 529 organismos de Seguridad Ciudadana en todo el territorio nacional.

Desde su llegada a la Presidencia de la República el Comandante Supremo de la Revolución Bolivariana Hugo Chávez Frías, planteó la necesidad de  transformar el modelo represivo de policía establecido por la IV  República, por un nuevo modelo policial socialista, revolucionario y humanista con carácter preventivo y comunitario.

Este proyecto se materializa con la promulgación de la Ley Orgánica del Servicio de Policía en el año 2008 que regula la actuación  en los distintos ámbitos político-territoriales, así como su organización y competencias del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, con fundamento en los principios establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Posteriormente se crea la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (UNES) enmarcada en la Misión Alma Máter, en el año 2009; como la institución universitaria especializada en la formación integral y profesionalización de funcionarias y funcionarios de la Seguridad Ciudadana en el país.

Modelo policial de  vanguardia para la protección al pueblo

Pablo Fernández, secretario ejecutivo del Consejo General de Policía, refirió que el Servicio de Policía Comunal es permanente, de proximidad que respeta los valores, la identidad y la cultura propia de cada comunidad que surgen para complementar los organismos de Seguridad Ciudadana establecidos por el Gobierno Bolivariano.

“El Servicio de Policía Comunal es uno de los servicios prioritarios que plantea el modelo policial bolivariano que cumple un rol fundamental de acercamiento y de construcción de sanas relaciones con las comunidades, desde las diversidades y características específicas que las propias comunidades puedan tener”, dijo Fernández.

Destacó que un profesional de la Policía Comunal debe vincularse con distintos sectores sociales, ser integral, orientar procesos para la resolución de conflictos y lograr un efecto preventivo en las situaciones que se presenten en las comunidades.

Fernández también resaltó que un policía comunal debe poseer un perfil profesional integral que vaya más allá de la práctica técnica policial, debe ser profundamente humanista, con capacidad empática para vincularse y entender sus prácticas culturales,  dinámicas de vida y poseer capacidad de acercamiento.

Es necesario conocer la importancia del Nuevo Modelo Policial

Por su parte Daisy Rodríguez, vicerrectora de Desarrollo Académico de la UNES, puntualizó que es necesario que las comunidades vean el alcance de este servicio, que los servidores comunales se reconozcan como parte de la comunidad a fin de mediar en la resolución de conflictos desde una perspectiva real.

En materia de formación Rodríguez afirmó que en la UNES a todos los aspirantes a funcionarios policiales se les forman para que se desempeñen como Policía Comunal.

“Ciertamente un Policía Comunal debe tener conocimiento de planificación, manejar muy bien la comunicación, ser humanista porque se va a enfrentar a situaciones donde debe intervenir y buscar soluciones para conciliar ambas partes”, agregó Daisy Rodríguez.

A su juicio, la Policía Nacional Bolivariana (PNB) cuenta con muchos servicios que van enmarcados en lo que es la Seguridad Ciudadana, “por ende el Policía Comunal debe ser formado para cada uno de estos servicios”, dijo.

Rodríguez afirmó que “mientras el funcionario esté mejor formado puede dar una mejor respuesta, con sus acciones y si se rige por la ley y el Nuevo Modelo humanista y socialista, la comunidad lo va a aceptar y va a confiar en él”.

Funciones del Servicio de Policía Comunal

Estimular y contribuir a la autorregulación de la comunidad para controlar y prevenir situaciones que generen inseguridad y violencia o que constituyan amenazas, vulnerabilidad y riesgo para la integridad física de las personas, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes en consonancia con el mandato definido en el artículo 5 de la Ley del Estatuto de la Función Policial y los principios de universalidad e igualdad y participación ciudadana establecidos en los artículos 13 y 16 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.

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